La norma oficial mexicana NOM-001-SEDE-2012 nos establece lo siguiente:
Que la impedancia capacitiva y resistiva a tierra de cualesquiera conductores de un sistema eléctrico aislado, debe exceder de 200 000 Ohms cuando se instale y posteriormente en uso.
En la teoría sabemos que la impedancia (Z) es una medida de oposición que presenta un circuito a una corriente cuando se aplica una tensión. La impedancia extiende el concepto de resistencia a los circuitos de corriente alterna (CA), y posee tanto magnitud como fase, a diferencia de la resistencia, que solo tiene magnitud. Cuando un circuito es alimentado con corriente continua (CC), su impedancia es igual a la resistencia, lo que puede ser interpretado como la impedancia con ángulo de fase cero.
Por definición, la impedancia es la relación (cociente) entre el fasor tensión y el fasor intensidad de corriente:
Donde Z es la impedancia, V es el fasor tensión e I corresponde al fasor intensidad.
Esta clase de impedancia se relaciona con la resistencia ejercida al cambio de corriente dentro de un capacitor, la cual se asocia a su parte imaginaria. Cuando la reactancia capacitiva es mayor que la reactancia inductiva, se dice que el circuito presenta esta condición.
Este el caso típico para los circuitos de corriente directa en los cuales no hay reactancia, es decir, hay una fase cero.
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